Las Entidades Tutelares o Fundaciones de Tutela trabajan con personas con capacidad modificada judicialmente o por modificar que o no tienen familiares o los que tienen son familias con muchas dificultades sociales o desestructuradas. Su objetivo es proporcionarles los apoyos más adecuados, pero no sustituyen en modo alguno a las entidades públicas que son las que, en definitiva, han de proporcionar los recursos adecuados.
La fundación tiene como fin principal “la protección y defensa de las PERSONAS ADULTAS presumiblemente incapaces o incapacitadas total o parcialmente por resolución judicial (hoy debería decir: personas con capacidad modificada judicialmente o por modificar) cuando no existan familiares directos o la familia no esté en condiciones de asumir la tutela, curatela o cualquier otro nombramiento judicial. “
Como entidad designada para velar por los derechos de las personas que, por decisión judicial, hayan sido incapacitas y se nos haya designado como tutores o curadores, nuestra actuación abarca los siguientes ámbitos :
Velaremos por la aplicación de los criterios de la Convención de las personas con discapacidad solicitando los apoyos necesarios para que la persona ejerza sus derechos como ciudadanos o promoviendo su rehabilitación.
Administramos y defendemos los derechos patrimoniales de la persona sometida a tutela, tanto a nivel civil como penal ante actos cometidos contra ellos.
Carecemos de residencias propias, por lo que se gestiona en colaboración con las administraciones públicas y residencias privadas, cuando lo permite el patrimonio del tutelado, buscar el recurso más adecuado.
La fundación cuenta para ello con una coordinadora, dos monitoras y una trabajadora social, gestionando actualmente a más de 700 tutelados.
Ámbitos de actuación:
Estadística por Tipos de asunto |
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Descripción |
Asuntos |
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35 |
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AUTORIZACIÓN PARA VENTA |
15 |
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CAPACIDAD |
210 |
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EJECUCIÓN |
8 |
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INCAPACIDAD |
872 |
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INCAPACIDAD FMT |
294 |
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JUICIO VERBAL |
5 |
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JURISDICCIÓN VOLUNTARIA |
12 |
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MEDIDA CAUTELAR |
5 |
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MEDIDAS CAUTELARES PREVIAS |
12 |
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NOMBRAMIENTO DE DEFENSOR JUDICIAL |
12 |
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TUTELA |
31 |
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RESTO DE ELEMENTOS |
89 |
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Total asuntos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . |
1.600,00 |
Descripción |
Asuntos |
||||
PRIMERA INSTANCIA 1 TORREMOLINOS |
16 |
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PRIMERA INSTANCIA 11 MALAGA |
1.098 |
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PRIMERA INSTANCIA 3 COIN |
22 |
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PRIMERA INSTANCIA 3 TORREMOLINOS |
25 |
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PRIMERA INSTANCIA 4 TORREMOLINOS |
27 |
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PRIMERA INSTANCIA 5 TORREMOLINOS |
16 |
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PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION 1 ANTEQUERA |
20 |
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PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION 1 COIN |
19 |
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PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION 2 ANTEQUERA |
19 |
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PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION 2 VELEZ MALAGA |
14 |
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PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION 3 VELEZ MALAGA |
18 |
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PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION ARCHIDONA |
25 |
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RESTO DE ELEMENTOS |
256 |
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Total asuntos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . |
1.575,00 |